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DNI
El DNI se saca por primera vez con el nacimiento de un bebé y lo tramitan los padres o tutores.
Este documento tendrá a futuro dos actualizaciones:
Cuando el niño llegue a la edad escolar (entre los 5 y los 8 años) y cuando cumpla los 14 años.
A lo largo de la vida, podemos renovarlo por diversos motivos: cambio de domicilio, deterioro, robo, pérdida, etc.
Si se produce una modificación en nuestra identidad (cambio de género, de apellido, etc.) también necesitamos sacar un nuevo DNI.
Requisitos
- Copia certificada de la partida de nacimiento con o sin oblea, la que deberá contar con sello y firma del oficial público en tinta o extendida con firma digital, sin importar su fecha de expedición. O Certificado de nacimiento original con o sin oblea o número manuscrito, con firma del oficial público o extendida digitalmente.
- Certificado médico si corresponde acreditar algún impedimento, alteración o excepción relativo a la toma de datos biométricos (foto, huella o firma).
- Si la persona es menor de 14 años, se agrega:
- Acompañamiento del padre, madre o representante legal; y su DNI.
- Acreditación del representante legal, cuando corresponda:
- Oficio judicial o testimonio de tutela del menor. Es otorgada por el juzgado. Debe contar con sello y firma del juez o del Secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
- Si el menor se encuentra en un hogar: Autorización de representación firmada y sellada por la autoridad competente que corresponda.
- Oficio judicial o testimonio de guarda provisoria con fines de adopción. Debe contar con sello y firma del juez, o del Secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
- Si la persona nació antes del año 1968, debe tramitar el DNI Primer ejemplar por identificación tardía
- Si la persona es menor de edad y está imposibilitada de concurrir por razones médicas, se debe tramitar el DNI Primer ejemplar provisorio por razones médicas